Informamos que, por medio de la Resolución General 4748, la AFIP extendió hasta el 31 de julio de 2020 el plazo para tramitar el Crédito Tasa Cero para Monotributistas y Autónomos
Además quedaron establecidos los periodos de las obligaciones mensuales
de Monotributo o Autónomo que cancelará la entidad bancaria de acuerdo
al mes en que se produzca el primer desembolso del crédito, según el
siguiente detalle:
a) Monotributos:
Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de: | Período fiscal a cancelar por la entidad bancaria: |
Mayo de 2020 | Junio, julio y agosto de 2020 |
Junio de 2020 | Julio, agosto y setiembre de 2020 |
Julio de 2020 | Agosto, setiembre y octubre de 2020 |
Agosto de 2020 | Setiembre, octubre y noviembre de 2020 |
b) Autónomos:
Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de: | Período fiscal a cancelar por la entidad bancaria: |
Mayo de 2020 | Mayo, junio y julio de 2020 |
Junio de 2020 | Junio, julio y agosto de 2020 |
Julio de 2020 | Julio, agosto y setiembre de 2020 |
Agosto de 2020 | Agosto, setiembre y octubre de 2020 |