Mediante la Resolucion General 4926 publicada el 1/2/2021 , la AFIP dispuso:
1 – Suspender hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal.
2 – Suspender hasta la misma fecha inclusive, la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren inscripos en el “Registro de Empresas MIPyMES”.