El BCRA estableció adecuaciones a las normas de “Exterior y Cambios” mediante la comunicación “A” 7433 del 06/01/2022.
La principal novedad respecto de estas adecuaciones es que respecto de los pagos de servicios prestados por no residentes, previo al giro al exterior, el sujeto pagador deberá presentar una declaración jurada informando los datos de la transferencia y dicha declaración deberá encontrase en estado “APROBADA”.
La mencionada declaración jurada se presenta mediante el servicio con clave fiscal “SIMPES – SISTEMA INTEGRAL DE MONITOREO DE PAGOS AL EXTERIOR” y una vez presentada en el mismo servicio se podrá consultar el estado de la presentación.
La norma asimismo establece que estarán eximidas de esta presentación las operaciones que correspondan a los servicios que se cursen por los siguientes conceptos:
- S02 Servicios de fletes
- S03 Servicios de transporte de pasajeros
- S06 Viajes y otros pagos con tarjetas
- S25 Servicios del gobierno
- S26 Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero
Quedamos a disposición para toda aclaración o ampliación de la información aquí brindada