A través de la Resolución General 4743 la AFIP extendió hasta el 18/08/2020 el plazo para que las personas jurídicas cuyos cierres de ejercicio hayan operado en Noviembre 2019, Diciembre 2019 y Enero 2020 puedan presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor que correspondan a los citados ejercicios fiscales.