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Vencimientos: Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales

A través de la Resolución General 5006/2021 la Administración Federal de Ingresos Públicos determinó los vencimientos que para las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales e Impuesto Cedular de las personas humanas y sucesiones indivisas para el periodo fiscal 2020.

Luego de varias semanas, se oficializó la prórroga de los impuestos originalmente previstos para el 11 de junio, debido a los retrasos en la publicación de las valuaciones de automotores, monedas extranjeras y títulos y valores con cotización pública, entre otros, y la puesta a disposición de los contribuyentes de los aplicativos necesarios para la liquidación y presentación de los impuestos correspondientes.

Como se indica a continuación, el vencimiento para el pago del saldo resultante de la Declaración Jurada se establece para el día hábil posterior al vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada.

Terminación CUITFecha de presentaciónFecha de pago
0, 1, 2 y 323/07/2021, inclusive26/07/2021, inclusive
4, 5 y 626/07/2021, inclusive27/07/2021, inclusive
7, 8 y 927/07/2021, inclusive28/07/2021, inclusive

Quedamos a disposición para toda aclaración o ampliación de la información aquí brindada

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